Con los programas de ayuda dirigidos a proyectos de mejora de la eficiencia energética se pretende dar un impulso a la sostenibilidad en la construcción. Principalmente se dirigen al aislamiento térmico, como el que ofrecemos en Sate Mediterráneo, para tratar de reducir el consumo energético procedente de energías no renovables y también la demanda de energía destinada a la calefacción o refrigeración de viviendas.
En este artículo hemos recopilado toda la información al respecto para que puedas aprovecharlas al máximo.
Las ayudas para la rehabilitación de viviendas en 2022
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha puesto en marcha un programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con los fondos Next Generation EU.
Con este programa se pretende impulsar la rehabilitación de barrios, viviendas y edificios residenciales a través de ayudas para mejoras de viviendas.
Para su gestión se ha alcanzado un acuerdo con las Comunidades Autónomas, a través de las que se canalizará y se distribuirán los fondos en función del número de hogares en cada región.
La finalidad de las actuaciones de este programa es disminuir en al menos un 30 % el consumo de energía no renovable de los hogares, descarbonizar y reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración.
Para conseguirlo, se ha demostrado que la vía más efectiva es colocar aislamiento en fachadas y cubiertas y sustituir las carpinterías por otras con rotura de puente térmico.
El plan de rehabilitación residencial se lleva a cabo a través de cinco programas que incluyen actuaciones a distintos niveles y con diferentes medidas de apoyo. Además, el plan también contempla beneficios fiscales que sirven como incentivos para las actuaciones de los programas.
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
En los barrios la actuación se centra en la rehabilitación de los edificios que necesiten mejoras, por ejemplo la retirada de amianto. También se incluyen en este programa la urbanización, reurbanización y mejora del entorno.
La finalidad de las actuaciones en edificios y viviendas es:
- Reducir en al menos un 30 % el consumo de energía no renovable.
- Reducir la demanda de calefacción y refrigeración en un 35 % en las zonas climáticas D y E y en un 25 % en la zona climática C.
Los edificios históricos o que estén protegidos por su valor arquitectónico no tendrán que cumplir con esta reducción. Tampoco lo harán los edificios en los que se hayan hecho intervenciones de mejora de la eficiencia energética en los últimos cuatro años, con reducción en el consumo de calefacción y refrigeración.
Este programa y sus actuaciones finalizarán el 30 de junio de 2026.
Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación
Esta iniciativa tiene el objetivo de financiar la creación de oficinas de rehabilitación desde cero.
Los fondos europeos invertidos en este programa cubren los costes de diseño, implantación y gestión de equipos y oficinas que se dedican a informar, tramitar y acompañar las actuaciones de rehabilitación de viviendas y edificios residenciales y también de la creación del libro y redacción de proyectos.
En este apartado también se incluye la financiación de la actividad de oficinas ya creadas, siempre que cumplan con los requisitos.
Los presupuestos financiarán la prestación de un servicio integral que ayude a facilitar la puesta en marcha y gestión de proyectos de rehabilitación energética en el ámbito residencial. Esto incluye la resolución de dudas, el apoyo y asesoramiento, así como la promoción y difusión del programa.
Es por ello que las oficinas creadas deben estar al servicio de los ciudadanos, las comunidades de propietarios, las empresas y los agentes rehabilitadores.
Los perceptores finales de estas ayudas son las Comunidades Autónomas, las entidades locales y otros organismos públicos o privados.
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
Este programa tiene como finalidad que las actuaciones de rehabilitación realizadas en edificios residenciales y viviendas mejoren la eficiencia energética a través de:
- La reducción de al menos un 30 % en el consumo de energía no renovable.
- Reducción de la demanda de energía para calefacción y refrigeración de un 35 % o un 25 %, dependiendo de la zona climática.
Los edificios históricos o protegidos por su valor arquitectónico y los que hayan llevado a cabo intervenciones para la mejora de la eficiencia técnica en los últimos cuatro años consiguiendo importantes mejoras no tendrán que alcanzar los umbrales de reducción fijados.
Los beneficiarios de las ayudas para ejecutar las actuaciones de rehabilitación del edificio son:
- Los propietarios o usufructuarios.
- Empresas públicas, sociedades participadas y la Administración Pública cuando sean propietarios de los inmuebles.
- Comunidades de propietarios.
- Propietarios agrupados.
- Cooperativas de propietarios de viviendas o edificios y las de régimen de cesión de uso.
- Empresas y cooperativas arrendatarias y concesionarias.
- El arrendatario cuando haya acordado con el propietario costear las obras.
Cuando la rehabilitación corresponda a varios de los mencionados destinatarios, la ayuda se distribuirá en proporción al coste y la responsabilidad de cada uno de ellos.
Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
Esta ayuda financia las actuaciones dirigidas a reducir en al menos un 7 % la demanda de energía para calefacción y refrigeración, reducir el consumo de energía no renovable en un 30 % o la sustitución de elementos constructivos, como el cambio de ventanas.
Las ayudas podrán ser solicitadas por propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas.
Solo se financiarán las actuaciones que se realicen en los domicilios habituales y permanentes de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios.
Esta es una de las principales ayudas para reformar tu casa, ya que este programa facilita ayudas para rehabilitar viviendas que constituyan residencia habitual.
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
Con este programa se pretende subvencionar la implantación del Libro del Edificio y desarrollar proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios anteriores al año 2000 con uso de vivienda.
Se incluyen en la subvención los honorarios para su emisión y el desarrollo de los proyectos técnicos.
Las actuaciones incluirán medidas que vayan dirigidas a conseguir un ahorro en el consumo de energía no renovable superior al 30 %.
Cuál es la cuantía que se puede recibir
Como ya hemos visto, existen diferentes programas con ayudas para la rehabilitación de viviendas. Por tanto, la cuantía que se puede recibir depende de la subvención que se solicite y también de la reducción en el consumo que se consiga con las mejoras hechas en el edificio o vivienda.
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
Las ayudas de este programa cubren entre un 40 % y un 80 % de los costes en función del ahorro energético conseguido.
Además, es posible subvencionar hasta el 100 % en los casos de vulnerabilidad económica de propietarios o usufructuarios.
Así, los importes de las ayudas irán desde 8100 euros a 21 400 euros por vivienda.
Se podrá dedicar hasta un 15 % adicional a las actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico. Además, se otorgarán hasta 800 euros por cada vivienda rehabilitada para financiar oficinas que faciliten la gestión.
Si es necesaria la retirada de amianto podrá incrementarse la cuantía en el importe de los costes de retirada, manipulación, transporte y gestión de los residuos hasta un máximo de 1000 euros por vivienda o 12 000 por edificio.
Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación
El importe máximo de las ayudas por este concepto serán de 800 euros por cada vivienda rehabilitada dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma a través del programa de ayuda a la rehabilitación del edificio. Tiene un límite del 100 % de los costes.
La actividad de las oficinas sólo se financiará hasta el 30 de junio de 2026.
Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
Este programa cubrirá entre el 40 % y el 80 % de los costes de los beneficiarios en función del ahorro de consumo conseguido. Es posible llegar hasta el 100 % en los casos de vulnerabilidad económica.
Los importes máximos que pueden percibirse oscilan desde los 6300 euros hasta los 18 800 euros por cada vivienda, en función del ahorro energético alcanzado.
Cuando se constaten situaciones de vulnerabilidad económica de los propietarios o usufructuarios de las viviendas se podrá conceder por parte de las Comunidades Autónomas una ayuda adicional que alcance el 100 % del coste de la actuación.
Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
La cuantía de este programa ascenderá al 40 % del coste de la actuación, con un importe máximo de 3000 euros por cada vivienda.
El coste mínimo de la actuación deberá ser de 1000 euros o superior.
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
En el caso de este programa las ayudas dependen del número de viviendas del edificio.
El importe máximo para el libro de un edificio existente será de 3500 euros y de hasta 30 000 por proyecto de rehabilitación.
Cómo se calcula la cuantía
Las cuantías se calculan de forma diferente según el programa al que hagamos referencia:
- Para los programas de ayuda a la rehabilitación a nivel de barrio y de edificios se establecen unos porcentajes de subvención de los costes según la reducción en la demanda de consumo conseguida.
- Para el resto de programas se estará a la cuantía establecida en la convocatoria.
Requisitos para optar a la ayuda
Para optar a la ayuda por rehabilitación de la vivienda, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Si las actuaciones se van a llevar a cabo sobre una vivienda unifamiliar, sea pareada o aislada, debe:
- Ser el domicilio permanente y habitual de su propietario o arrendatario.
- Haber sido construido antes del año 1996.
- Contar con un informe técnico de fecha anterior a la solicitud en el que se demuestre la necesidad de la rehabilitación.
- Contar con el proyecto de los trabajos a realizar, en caso de necesitarlo.
- De no tener proyecto, se tiene que contar con la justificación mediante informe, según el Código Técnico de Edificación elaborado por especialista competente.
- Si son edificios de viviendas en comunidades de vecinos, será necesario:
- Que su construcción haya finalizado antes del año 1996.
- Que tenga uso residencial, como mínimo, el 70 % del área construida sobre la rasante.
- Constituir domicilio habitual de los arrendatarios o propietarios, al menos el 50 % de las viviendas.
- Contar con un informe técnico en el que se acredite la necesidad de la rehabilitación, con una fecha anterior a la solicitud de la ayuda.
- Disponer con el proyecto a realizar, en caso de necesitarlo.
- Si los trabajos no necesitan proyecto, se debe contar con la justificación mediante informe, según el Código Técnico de Edificación.
Además, en ambos casos será necesario:
- Ser propietario, usufructuario o arrendatario.
- Realizar intervenciones con la finalidad de reducir el consumo de energía no renovable y la demanda energética de calefacción y refrigeración.
Cómo solicitar las ayudas para la rehabilitación de una vivienda
Aunque las ayudas para la rehabilitación de fachadas, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad se encuentran enmarcadas en el Plan de Vivienda 2018-2021, el plazo para presentar la solicitud fue ampliado hasta el 31 de diciembre del 2022.
El Real Decreto 853/2021 en el que se regulan estas ayudas establece la competencia de publicación de bases y convocatorias a las diferentes Comunidades Autónomas, que publican los plazos, procedimientos y el lugar de presentación de la solicitud.
Andalucía
En el caso de la comunidad autónoma andaluza, será la Secretaría General de Vivienda la encargada de examinar las propuestas de actuación que se hayan presentado. Además, evaluará el grado de cumplimiento de los criterios establecidos y le adjudicará la calificación correspondiente.
Las solicitudes se harán a través de la presentación electrónica general y se dirigirán a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la aprobación de la convocatoria. Dicho período finaliza el 14 de mayo de 2022.
Castilla la Mancha
En el caso de Castilla la Mancha, la solicitud deberá presentarse en el Registro Único de Documentos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Se tramitará a través de los agentes gestores de la rehabilitación, que deberán inscribirse en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Extremadura
El plazo para la presentación de solicitudes en la comunidad extremeña será de un año y comenzará el cómputo del mismo el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura, es decir, se podrán presentar hasta el 10 de enero de 2023.
La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación e
irá acompañada de la documentación que se especifica. Tanto la solicitud como la documentación, preferentemente se presentará de forma telemática través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace https://sede.gobex.es/SEDE/
Galicia
En el caso de Galicia, las ayudas a las que nos referimos se podrán solicitar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y hasta el 14 de octubre de 2022.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en el siguiente enlace https://sede.xunta.gal
Comunidad Valenciana
El plazo para la presentación de solicitudes será del 11 de abril al 11 de diciembre de 2022, ambos incluidos.
Es posible presentar las solicitudes de forma presencial en los lugares establecidos por la normativa o de forma telemática:
- Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas: https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=22403
- Actuaciones de rehabilitación a nivel de edificios: https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=22404
Como hemos visto, las ayudas para rehabilitación de vivienda en 2022 se han aprobado por el Ministerio de Fomento con la ayuda de los fondos europeos para este fin. Dentro de este plan se incluyen cinco programas destinados a la rehabilitación de barrios, edificios, viviendas, así como para la creación de oficinas y el libro del edificio. Todos ellos tienen como objetivo la reducción del consumo energético y el uso de energías no renovables.
4 respuestas
Hola, estoy construyendo mi casa, es obra nueva y vivienda habitual, tengo derecho alguna subvención??? Estoy colocando sate en toda la vivienda.
Gracias
Hola Jorge, las ayudas son tanto para rehabilitación como para obra nueva, siempre que se cumplan unos requisitos de eficiencia.
Rellena el formulario que aparece en esta página con tus datos de contacto y uno de nuestros técnicos se pondrá en contacto para resolver todas tus dudas.
Un saludo y gracias por comentar!
Tengo la intención de cambiar los ventanales de mi vivienda , actualmente son de madera y cristal muy fino y quisiera cambiarlos por pvc y climalid o similar, vivo en un municipio de 3100 habitantes, puedo obtener alguna subvención para el coste ?
Gracias
Buenos días Emilio, para que podamos estudiar su caso más detenidamente, facilítenos sus datos a través de esta página y nos pondremos en contacto con usted. ¡Gracias por escribir!